En JP Martin Law, ayudamos a las familias a permanecer unidas a través de los procesos legales disponibles según las leyes de EE. UU.
Los residentes legales permanentes y los ciudadanos estadounidenses pueden presentar peticiones para ciertos miembros de su familia, lo cual representa el primer paso para obtener una tarjeta de residencia.". Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar una petición I-130 para su cónyuge, hijos solteros (menores y mayores de 21 años), hijos casados y hermanos o hermanas. Los residentes legales permanentes pueden presentar una petición I-130 para su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años.
Una vez aprobada la petición familiar, el beneficiario puede solicitar un ajuste de estatus o procesamiento consular para recibir la tarjeta de residencia. Nuestra oficina tiene experiencia en ambos procesos.
El ajuste de estatus permite a una persona convertirse en residente permanente legal en EE. UU. sin regresar a su país de origen. Si ingresó con visa o tuvo permiso para entrar, programe una consulta para verificar su elegibilidad. Si se presentó una petición en su nombre, en el de su cónyuge o padres antes del 30 de abril de 2001, también puede verificar su elegibilidad.
El procesamiento consular es el procedimiento para obtener la tarjeta de residencia si se presenta la solicitud en la embajada de EE. UU. en su país. Nuestra oficina ha manejado cientos de casos consulares y se asegura de que su viaje sea lo más corto posible, preparándolo para su entrevista. Estar bien preparado significa que llegará al consulado confiado y con la documentación adecuada. Nos encargamos de todo el proceso, incluida la petición familiar, la exención I-601A y la comunicación directa con el consulado.
Trabajaremos para manejar su caso y asegurarnos de que todo se presente correctamente. Con nuestra experiencia, le mantendremos informado en cada paso del proceso.
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